En el año 2016, el sindicato agrícola francés Confédération paysanne solicitó al Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea (TJCE) que aclarara si una variedad de colza resistente a herbicidas, obtenida a través de nuevas técnicas de mejoramiento de plantas (NPBT), debería seguir el proceso de aprobación de los organismos genéticamente modificados (OMG).
El término NPBT describe una serie de métodos científicos para la ingeniería genética de las plantas, orientada a mejorar rasgos como la tolerancia a la sequía y la resistencia a las plagas, incluida la afamada técnica de edición genética CRISPR-Cas9.
De acuerdo a la opinión de los solicitantes, “el uso de variedades de semillas resistentes a los herbicidas conlleva un riesgo de daño significativo para el medio ambiente y la salud humana y animal, de la misma forma que los OMG obtenidos por transgénesis”.
La industria agroalimentaria dice que las plantas obtenidas a través de estas técnicas también podrían ser el producto de técnicas convencionales de cruzamiento que imitan los procesos naturales y, por lo tanto, no pueden considerarse OMG.
Pero para los oponentes, tal razonamiento es solo otro intento de vender OMG “ocultos” a los agricultores europeos, que simultáneamente perderán su derecho a usar sus propias semillas. Su argumento básico es que todas estas técnicas deberían estar bajo el estricto proceso de aprobación de OMG.
En este contexto y en respuesta a la petición realizada, el Tribunal de Justicia Europeo ha dictaminado que los organismos obtenidos mediante mutagénesis son organismos modificados genéticamente. Esto significa que las nuevas técnicas de obtención, como CRISPR-Cas9, estarán sujetas a las mismas obligaciones establecidas por la Directiva sobre OMG.
La decisión contiene una exención para las técnicas más antiguas con un “largo historial de seguridad”. Esto se refiere a los métodos utilizados desde la década de 1950 en los que las plantas eran expuestas a radiación o sustancias químicas particulares las cuales inducían mutaciones al azar en el ADN del organismo.
Pero de manera contrastante, la técnica de edición de genoma CRISPR-Cas9, consiste en cortar hebras de ADN con “tijeras” moleculares. Cuando los sistemas naturales de reparación del organismo comienzan a reparar la ruptura, les ofrece a los científicos la oportunidad de insertar la secuencia de ADN que elijan, esencialmente reescribiendo el plan de vida del organismo.
Los científicos esperan que esta tecnología emergente se pueda utilizar, por ejemplo, para desarrollar variedades de cultivos que sean resistentes a las plagas, o que produzcan grandes rendimientos en condiciones climáticas desafiantes. También apuntan a usarlo para “corregir” enfermedades genéticas en humanos.
A diferencia de las técnicas de ingeniería genética tradicionales, la edición del genoma no implica la introducción de ADN de otro organismo. También es casi imposible detectar si el ADN de un ser vivo ha sido editado o no; los cambios son indistinguibles de las mutaciones naturales.
Los científicos que trabajan en las áreas de edición de genes y modificación genética, advirtieron que el fallo retrasará la investigación e innovación de vanguardia en el continente europeo.
Esta decisión potencialmente impondrá cargas muy onerosas sobre el uso de la edición del genoma tanto en la agricultura como en la medicina, donde el método ha demostrado ser una gran promesa para mejorar la salud y el bienestar humano.
Por el contrario, el fallo del tribunal europeo fue bien recibido por las ONG ambientalistas, quienes expresaron que la Unión Europea cerró la puerta a los «nuevos transgénicos». Aclamaron la decisión de la Corte y la catalogaron como una victoria para los consumidores, los agricultores y el medio ambiente.
Referencia: Sentencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea en el asunto C‑528/16. https://goo.gl/TPYwN9